Abogados del Centro Pro a Digna Ochoa: Raúl Benet: Incapacidad de los órganos
Valentín Cardona
Luego del asesinato de Digna Ochoa y Plácido, férrea defensora de los derechos humanos en México el 19 de octubre, todos los sectores de México se cerraron y pidieron justicia, justicia que podría alcanzar a poderosos grupos de poder y quedar sumida en la impunidad. Por eso es que, Greenpeace Internacional, Sierra Club, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, presentaron el caso de Montiel y Cabrera ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH). En Washington, los denunciantes acompañados por las esposas de los campesinos presos, explicaron que las autoridades judiciales del estado mexicano, "han condenado una y otra vez a los campesinos ecologistas por delitos que les fueron fabricados y que la urgente necesidad de buscar una resolución justa e imparcial los llevó a presentar el caso ante esa instancia internacional".
En conferencia en México, Jesús Maldonado, subdirector del Centro Pro, enfatizó que "la presentación de la petición ante la CIDH, es resultado de un desgastante proceso en el que Montiel y Cabrera, su defensa, sus familias y la Organización de Campesinos Ecologistas de la Sierra de Petatlán y Coyuca de Catalán, a la cual pertenecen, han tenido que enfrentar la falta de voluntad política de las autoridades gubernamentales que han antepuesto intereses económicos y políticos, en sus posturas y resoluciones". Raúl Benet, director de Greenpeace México, profundizó en el por qué de la intervención de la CIDH, dijo: — Si bien la incapacidad de los órganos de justicia mexicanos para actuar con autonomía e imparcialidad y la falta de voluntad política del Ejecutivo Federal serían razones suficientes para acudir ante las instancias internacionales, no son las únicas causas por las que hemos tomado esta decisión. También hay que tomar en cuenta que los ecologistas Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera han permanecido injustamente privados de su libertad durante dos años cinco meses, sin que ninguna de las autoridades judiciales que han tenido conocimiento del caso hayan tomado en cuenta las pruebas que acreditan la tortura e incomunicación a la que fueron sometidos, entre ellas la Recomendación 8/2000 emitida por la Comisión nacional de Derechos Humanos, los interrogatorios formulados por la defensa a miembros de Ejercito Mexicano que torturaron a los campesinos ecologistas y el dictamen médico de tortura elaborado por dos especialistas forenses en materia de tortura: Morris Tidball-Binz y Christian Tramsen, médicos pertenecientes a la organización internacional ‘Médicos por los Derechos Humanos-Dinamarca’, entre otras pruebas que integran el expediente. En efecto, copia de un documento del Centro Pro –en poder de Imagen Médica-, da cuenta de la historia primera que vivieron Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera el 2 de mayo de 1999 en la comunidad de Pizotla, en el municipio de Ajuchitlán de Progreso en el estado de Guerrero. Centro Pro, inicia con una breve narración del suceso:
Como resultado de las torturas, Rodolfo y Teodoro firmaron declaraciones autoinculpatorias. Puestos a disposición del Ministerio Público Federal el 7 da mayo, los campesinos ecologistas fueron objeto de innumerables violaciones a sus derechos humanos durante el proceso penal, ya que los militares los acusaron de portar armas de fuego sin licencia y de uso exclusivo del ejército, además de sembrar marihuana; delitos que nunca cometieron. Los militares ofrecieron pruebas que ellos mismos habían fabricado como: las armas y las plantas de marihuana que dijeron pertenecían a los campesinos ecologistas. A los campesinos se les llevó a cabo todo un procedimiento procesal penal, levantándose actas y ofreciéndose pruebas falsas. El 28 de Agosto de 2000, Rodolfo y Teodoro son sentenciados a 6 años 8 meses y 10 años respectivamente. Ante esta situación se apeló dicha resolución. El pasado 27 de octubre el Magistrado que conoció de la apelación, confirmó la sentencia.
No es todo, Centro Pro señala a los reponsables: — Militares adscritos al 40 Batallón de Infantería con residencia en Ciudad Altamirano, encabezados por el Segundo Comandante: José Pedro Arciniega Gómez; Sargento Segundo de Infantería: Calixto Rodríguez Salmerón; Capitán Segundo de Infantería: Artemio Nazario Carballo y el Cabo: José Concepción Calderón Flabiano. Y al final del documento, se resume el estado actual del caso:
La CNDH emitió sobre este asunto la recomendación 8/2000, en la que se reconoce que Rodolfo y Teodoro fueron objeto de una detención ilegal, de irregularidades en la integración de la averiguación previa, y además de que los militares les sembraron las pruebas. En virtud de que las autoridades militares no presentaron ningún tipo de información sobre la investigación de los militares torturadores, la CNDH da por ciertos los actos de tortura a los que se sometió a los campesinos ecologistas. Rodolfo fue galardonado con el Premio Ambiental Goldman por su activismo a favor de los bosques del Estado de Guerrero. En la conferencia en donde se dio a conocer la denuncia presentada ante la CIDH, los abogados del Centro Pro, enfatizaron: "En la defensa de los campesinos ecologistas, llevada por el equipo de abogados del Centro ‘Digna: Seguiremos trabajando para que desde donde estés, tu trabajo tenga frutos’". |