Gustavo Leal Fernández
Según Alejandro Turner, vocal ejecutivo de PENSIONISSSTE, el sistema de administración privada de los fondos de pensiones (Afores), que inauguró Ernesto Zedillo con su “reforma” 1995 a la Ley del IMSS, acusa una “falla” de mercado que “merma” en forma significativa los recursos que recibe un trabajador al momento del retiro.
Para Turner, la “falla es la falta de información” del trabajador sobre el rendimiento que genera su ahorro y la comisión que debe pagar al administrador. Y pone un caso: tomemos dos personas que empiezan su vida laboral el mismo día, cotizan a la seguridad social durante el mismo tiempo y con el mismo salario y también se jubilan el mismo día. Quién eligió la Afore que cobra la mayor comisión y paga el menor rendimiento tendrá una pensión de 5 mil pesos. El que optó por la que tiene la menor comisión y paga el mayor rendimiento obtendrá 20 mil pesos. Magazo! Turner insiste en que no hay “información suficiente al público sobre este tema y es una falla del sistema”.
¿Quiere decir que si estuviera “informado” podría saltar por encima de la “falla”? De ninguna manera! Esa “merma” en absoluto resuelve los problemas de diseño de la “reforma” Zedillo que se traducen en pensiones apenas del 30 por ciento del último salario devengado.
Ya desde 2005 se documentó que un trabajador con vida laboral de 40 años y cotizando al IMSS cerca de 22 años, apenas aspiraría a una pensión equivalente al 25 por ciento de su último salario al momento del retiro. ¿Por qué? Sencillo: la tasa de densidad de su cotización sólo sumaría 56 por ciento. Entre otras fallas, la Ley Zedillo soslayó la precariedad laboral, los bajos sueldos, el empleo informal y los períodos de desempleo que impiden a los trabajadores cumplimentar los aportes indispensables para alcanzar una pensión digna. El diseño de esa “reforma” no vinculó adecuadamente el sistema de ahorro con la realidad del empleo que incluye trabajadores que al ganar poco, pueden aportar poco y, por tanto, no alcanzarán esa “dignidad” en su pensión. Por ello, el modelo Afore, al no incorporar el impacto negativo de la densidad de la cotización, ni su efecto en la carrera salarial, proyecta a sus afiliados saldos inexactos que en el mediano y largo plazo, están fuera de lo real y posible.
Ese fatídico sistema de cuentas individuales, que Calderón extendió a los trabajadores nuevo ingreso del ISSSTE (2007) y posteriormente a los del IMSS y CFE (2008), no garantiza ni el 20 por ciento del último salario devengado: cuatro salarios mínimos, incluso considerando las aportaciones del SAR92. ¿Por qué? Por los supuestos “irreales” del modelo: movilidad salarial, efecto de las comisiones, tasas de interés y nivel de los rendimientos. El problema son esos “supuestos”. A lo cual hay que agregar, como el corazón del asunto, la propia naturaleza de las cuentas individuales, su estructura de comisiones y la intermediación financiera innecesaria que representan. El problema es esa modalidad mexicana de la “capitalización individual” que, a diferencia de otras -como la sueca- representa un riesgo patente que no proveerá pensiones dignas.
Otros ejemplos. Por la baja aportación y la comisión promedio, una persona con 30 años de cotización que gana 44 mil 850 pesos mensuales y aumento salarial de 3.72 por ciento anual, alcanzaría solamente 13 mil 886 pesos de pensión: 15.46 por ciento de su último salario. Y un trabajador con mil 794 pesos de remuneración -y mismas condiciones que el anterior- apenas montaría una pensión de 934 pesos: 26.05 por ciento del último salario.
Así que el asunto no se resuelve con más o menos información. Es un problema estructural de la Ley Zedillo que urge reformar. La “falla” de mercado” de Turner -que conoce por haberse desempeñado como actuario autorizado para dictaminar planes de pensiones ante la CONSAR- sólo atiende el impacto de las comisiones sobre el nivel de la pensión, no el fracaso estructural de la Ley Zedillo.
Pero Turner no menciona que en Bolivia, Colombia, El Salvador, Bulgaria, Estonia, Hungría, Kazakhstan, Polonia y Eslovenia se han tomado acciones para evitar que las comisiones mermen la pensión. En ellas funcionan regulaciones que obligan a que las comisiones no sean mayores a las que cobran las sociedades de inversión o crear subastas de paquetes de afiliados para entregárselos a la que ofrezca la menor comisión. Otra vía, usada en Suecia, es que los administradores garanticen un rendimiento mínimo y, si no lo alcanzan, no cobran comisión.
Además, Turner declara que toda vez que el nivel de la comisión del PENSIONISSSTE “es la más baja del mercado”: 0.99 por ciento “no sólo se beneficiarán sus usuarios, sino también los trabajadores que encargaron su ahorro a las Afores privadas”. Pero ¿cómo así cuando lo único que cambia es el impacto de la comisión pero, en lo absoluto, la falla estructural incrustada en la modalidad mexicana de capitalización individual?
Lo que Turner aún no empieza a explicar es el alto costo fiscal de la igualmente fracasada “reforma” Calderón al ISSSTE, así como la escasísima atracción que tuvo PENSIONISSSTE (noviembre, 2008) dentro del universo de los trabajadores del Apartado A. Lo cual ha terminado de hundir la “reforma”. Ahí la “falla” si parece ser por “falta de información”.
Redacción:
El presente artículo del doctor Gustavo Leal Fernández, profesor e investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana – Xochimilco, se publicó por primera vez en el periódico La Jornada, el sábado 2 de marzo de 2013.