IMSS: Morir por negligencia médica
Conamed: Ser o no ser
Santiago Levy Algazi, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ha repetido al presidente Vicente Fox, que en su institución "existen recursos humanos de la más alta calidad comprometidos con México y con la causa de la Seguridad Social". Sin la suerte de ser atendida por esos "recursos humanos", la señora Margarita Sánchez Bello murió el viernes 6 de abril del presente año. Sánchez Bello había sido víctima de una lesión desde el pasado 7 de julio del 2000 que la dejó paralítica luego de una punción en la columna vertebral que se le realizó en el Hospital General de Zona (HGZ), número 24 del IMSS. El 9 de marzo de 2001, Imagen Médica describió los hechos que condujeron a la parálisis a Margarita Bello dentro del HGZ 24. Cuatro días después, Isabel Hernández Bello –hija de la señora Margarita-, presentó ante la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed), una queja. Bajo el expediente 565/2001-1 quedaron registrados los acontecimientos que, finalmente, causarían la muerte de Sánchez Bello, para quien fue imposible esperar los 80 días que señaló la Conamed para darle respuesta. LAS SOSPECHAS Por recomendación de la doctora Beatriz Mata Ruíz, quien dijo ser "visitadora" del Departamento de Atención Domiciliaria al Enfermo Crónico (ADEC), del IMSS, la señora Sánchez Bello fue ingresada nuevamente al HGZ 24, el 24 de marzo pasado. La cama 128 fue testigo de la transfusión a la que fue sometida para tratar de contener su palidez, y atestiguó también, los malos tratos que recibió. Y es que de acuerdo con Isabel Hernández, su madre fue objeto del maltrato y desatención de las enfermeras durante su última estancia en el HGZ 24. La reportera preguntó a Patricia, trabajadora del hospital, sobre lo dicho por Isabel. Patricia respondió: "Que quiere que hagamos, sólo hay dos enfermeras para 20 enfermos." Isabel Hernández explicó a la reportera que en el hospital, su madre fue objeto de una "transfusión de sangre, y un lavado mecánico en su pierna izquierda por una infección." Para entonces, Margarita Sánchez "ya había dejado de hablar, de comer, y su respiración se dificultaba." El 3 de abril del presente año, Margarita fue dada de alta, y para entonces se convulsionaba y su apetito era nulo. Isabel Hernández y su hermana Silvia sabían que su mamá se encontraba viva; "porque escuchaban latir su corazón." Luego, Rogelio Hernández Avila y Román Hernández Bello, esposo e hijo de Margarita, acudieron al HGZ 24 para avisar de la muerte; ya en la subdirección, les informaron que tendrían que acudir a la Clínica Familiar 41, "a donde correspondía la atención médica de Margarita." De la Clínica 41 fueron acompañados a su domicilio por la doctora Adriana Rodríguez Dorantes, quien de acuerdo con nuestros testigos, "revisó la pierna izquierda, el pulso, los ojos y el corazón." Sin ayuda ni asistencia del IMSS, los familiares procedieron al funeral, ya que de acuerdo con Rodríguez Dorantes, "la ayuda es sólo para trabajadores del Instituto." Del certificado de defunción con folio de captura 981703397, certificado por Adriana Rodríguez Dorantes, con cédula profesional 751760, y domicilio en Río Bamba sin número, Colonia Magdalena de las Salinas, se desprende que Margarita Bello falleció a las 5:35 horas, y entre las causas de la defunción figuran principalmente: "Septicemia, diabetes mellitus tipo dos, escaras decúbito sacro y glúteo, y sección medular T-4." La violación sistemática a la Norma Técnica 52 relativa a la elaboración, integración y uso del expediente clínico, fue común en el caso de Margarita Bello. En efecto, el documento titulado "Notas médicas y prescripción", que sirvió para elaborar el "Acta de Egreso" de Margarita Bello, no tiene fecha y muestra serias inconsistencias con respecto al Certificado de Defunción. Y es que, por ejemplo, Adriana Rodríguez Dorantes consignó en el referido Certificado de Defunción, a la diabetes mellitus como "probable causa del fallecimiento", mientras que en el Acta de Egreso del 3 de abril, se consideró a la diabetes mellitus como "controlada". Por si fuera poco, el Acta de Egreso, carece de nombre y cédula legibles del médico que la elaboró. Y no es todo, el indescifrable caos en el IMSS, quedó de manifiesto cuando tres días después de la muerte de Margarita, se presentó a su domicilio Beatriz Mata Ruíz, para efecto de "revisar a su paciente". EL PEREGRINAR El doctor Salvador Casares Queralt, director general de Orientación y Gestión de la Conamed, dice en exclusiva a la reportera que en caso de fallecimiento del quejoso, "la queja no se ve interferida, por supuesto que continúa". Casares Queralt agrega "que se abre un expediente cuando existen datos presuntivos que hubo un práctica inadecuada." Al cuestionarle sobre lo tardado y lento de los trámites, responde: " Porque son trámites que se tienen que hacer entre las instituciones y hay convenios que se tienen en coordinación con las instituciones." Informado sobre el caso de Margarita Sánchez Bello, comenta: "En caso que haya negligencia, una de las pretensiones es la indemnización por haberla dejado inválida. Entonces, se firma un convenio, y se tiene una limitante; se tiene un compromiso moral con ellos, le damos seguimiento. Si quedaron en X cantidad, que se pague." Explica: En la entrevista, y al preguntarle sobre la poca difusión que tiene la Conamed, contesta: "Es un punto que ya nos habíamos dado cuenta, que había poca difusión. Se pretende de ahora en adelante darle una mayor difusión". El director de Orientación, acepta que "los conflictos entre los usuarios y los prestadores a veces no son captados o no son resueltos quizá de la mejor manera." Y concluye: "Entonces, la intención es que se le de mucha mayor difusión a la Comisión para poder estar en esa posibilidad de tener la mayor cantidad de gente que quizá esté requiriendo de nuestros servicios." |